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jueves, 10 de enero de 2019

VIOLENCIA FAMILIAR-DENUNCIAS EN EL TRÉBOL AZUL-----

¿Cómo y dónde denunciar casos de violencia familiar y sexual?

En algunos casos, las denuncias por violencia sexual o familiar no progresan por el desconocimiento del proceso y los derechos de los denunciantes. Conoce aquí todos los detalles del mismo para que no te sorprendan.


Denunciar casos de violencia familiar y sexual

¿Cómo y dónde denunciar casos de violencia familiar y sexual? (Foto: erbol)

Redacción PERÚ21
REDACCIÓN PERÚ21
El Perú se encuentra entre uno de los países con más índice de violencia familiar y sexual en el mundo. Los feminicidios están en aumento y, según la Ministra de la MujerAna María Mendieta, solo el 29% de mujeres que son víctimas de violencia denuncias a sus agresores.
Al parecer, en lugar de mejorar esta cifra, cada año aumentan los casos de violencia en un ambiente familiar o personal. Muchas de estas personas tienen miedo de denunciar a sus agresores, ya que también existen casos que al hacerlo, los deseos de venganza han sido más fuertes que el deseo de las autoridades de proteger a sus ciudadanos.
Sin embargo, también hay otros casos en donde la denuncia no progresa o simplemente no se realiza por el desconocimiento general sobre cómo comenzar y seguir el proceso. Aquí se detallarán todos los pasos para denunciar uno de estos casos y qué números o entidades del Estadopueden ayudar con ello.
1. ¿Dónde denunciar un caso de violencia familiar o sexual?
El Gobierno del Perú ha puesto a disposición de la comunidad elPrograma Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual para brindar apoyo a las personas en situación de violencia, ya sea contra mujeres o integrantes del grupo familiar a nivel nacional.
Esto es respaldado por la Ley Nº 30364 , una ley que previene, sanciona y erradica la violencia familiar y proteger a las mujeres, niños, niñas, adolescentes, etc. Que se encuentran en una situación de vulnerabilidad, ya sea por la edad o por la situación física.
Entre todos los servicios se encuentran los Centros de Emergencia Mujer (CEM), Línea 100, Chat 100, Servicio de Atención Urgente (SAU), Centros de Atención Institucional, Hogares Refugio, Estrategia Rural y el Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas.
2. ¿Qué son los Centros de Emergencia Mujer (CEM)?
Los Centros de Emergencia Mujer (CEM) son servicios públicos especializados y gratuitos, de atención integral y multidisciplinaria, para víctimas de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar. Este programa está dirigido a cualquier persona afectada por la violencia independientemente de su condición social, edad o sexo.
Ellos ofrecen una orientación legal, defensa judicial, consejería psicológica y asistencia social a toda víctima de violencia en situación de vulnerabilidad. Esto se hace en pos de la recuperación del daño sufrido por el agresor.
¿Cómo presentar una denuncia en los Centros de Emergencia Mujer?
Para presentar una denuncia, se necesita acercarse a uno de los CEMverificados por el Gobierno del Perú , ya sea en territorio nacional, a través de comisarías o en hospitales. La persona encargada que esté disponible tomará toda la información del hecho.
Esta información definirá el caso como violencia familiar, violencia sexual, física o psicológica, además de recurrir los datos personales de la víctima para derivarle al servicio correspondiente.
Según la página del Gobierno del Perú , los 245 CEM regulares atienden de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:15 p.m.; y los 77 CEM en comisarías, las 24 horas del día, los 365 días del año.cel 917027195---



AV CESAR CANEVARO MZA M-LOTE 13- EL TREBOL AZUL, SAN JUAN DE MIRAFLORES-------REFERENCIAS :ESQUINA CON CALLE 27 DE NOVIEMBRE-----------A 7 CDRAS DEL MERCADO DE VALLE SHARON----------
EN LA MISMA AVENIDA CANEVARO----SEGUNDO PISO---NO TENEMOS SUCURSALES--NO SE DEJE ENGAÑAR POR JALADORES---------OJO-----

miércoles, 2 de enero de 2019

Como calcular una Pension de Alimentos

Como obtener una Pensión de Alimentos justa




¿CUANTO LE DEBEN DE DAR COMO PENSIÓN DE ALIMENTOS?
La interrogante sobre cuál es el monto mínimo que se puede solicitar o que se puede obtener por pensión de alimentos, es una de las que más nos hacen llegar hombres y mujeres que tienen el cuidado personal de sus hijos. ¿Por qué? Simplemente porque, lamentablemente, la tónica en nuestro país son padres que se desentienden de sus hijos, que no pagan la pensión de alimentos fijada por el Tribunal o que indican estar cesantes, aunque en los hechos desarrollan labores informales lo que hace imposible demostrarles renta.
Sin embargo, el legislador advirtió este fenómeno y, entendiendo que aunque los padres se encuentren cesantes, de todas formas deben alimentar a sus hijos, por lo que estableció un monto mínimo para la pensión de alimentos.
En Perú la pensión de alimentos, suele fijarse en el 60 % de lo que gana el padre. El 60 % de su sueldo mensual.

CALCULANDO UNA PENSIÓN DE ACUERDO A LA LEY
Si su pareja gana 1,200 soles mensuales, a ud le deberían dar una pensión de 720 soles.
Muchos padres, suelen trabajar de modo eventual, en talleres mecánicos, construcción civil y piden no figurar en planillas, para no poder ser detectados sus ingresos.
Los jueces toman en cuenta el primer interés del niño y suelen,  dar pensiones de 400 nuevos soles, aunque hay casos que dan a penas 300 soles.
Cuando son tres hijos, hay sentencias que han fijado 150 soles para cada hijo mensual, lo que es bastante poco, si se toma en cuenta que hay que dar a cada niño, ademas de alimentos, también educación, libros, pasajes para ir al colegio, ropa, incluso tratamiento medico.
La propia ley, el Código Civil, tiene algunos artículos que permiten que el obligado con un buen abogado, evite que le hagan pagar una pensión justa.
El mayor error es acudir a "un abogado gratuito"
Por lo general, estos abogados, poco les importa como resulte su caso, la miseria que obtenga de pensión, porque ellos mismos ganan miserias del Estado.
Hay muchísimas denuncias en todo Lima, que los abogados gratuitos de los Módulos, alargan los procesos de modo exagerado, no tramitan a tiempo los documentos, no hacen cumplir las sentencias, se coluden con el obligado, etc,etc.
Lo barato sale muy caro.
Pero ud nada puede reclamar, porque al fin de cuentas, ud no paga nada y como no paga nada, pues tiene y debe contentarse, con lo que le den o hagan por ud.
Tenga mucho cuidado, con "el abogado gratis", no le extrañe que el padre de sus hijos, demore en darle una pensión de alimentos tres a cuatro años.....o que el abogado gratuito le diga, que su Partida de Nacimiento no sirve, no vale, para que ud no haga la demanda......
Si quiere justicia, le sugerimos, le aconsejamos, busque un abogado particular. Alguien que vera su caso, con prontitud, buscando defender su interés, porque para eso "ud le paga".
Miles de mujeres, prefieren por no pagar nada, esperar años y años o recibir 100 soles de pensión, lo cual es una burla, una verdadera tontería, en estos tiempos.

EL VALOR DE LA CONCILIACIÓN POR ALIMENTOS
Otra salida a su problema podría ser una Conciliación Extrajudicial.
Si el invitado viene, firma un acta de acuerdo total de las partes, pues ud ya tiene un titulo exigible. Es decir, si no cumple la podrá ejecutar en el Juzgado de Familia.
En lugar de ir a un juicio por dos años, para una pensión de alimentos, una conciliación podría resolver su problema, en dos semanas. 
Si. En dos semanas ud podría tener ya un documento exigible.......
Hay centros de conciliación gratuitos, comuníquese con el Ministerio de Justicia.
Hay centros de conciliación baratos, pero trate directamente, no vaya a un estudio jurídico a solicitar este servicio, porque le doblaran el precio, para ganar ellos una buena comisión, tajada, a costa de su pobreza, de su necesidad.

Y SI NO PAGA UD PUEDE EJECUTAR EL ACTA DE CONCILIACION  Y OBLIGAR AL SINVERGUENZA A PAGAR LOS ALIMENTOS DE SUS HIJOS.......
¿QUE DICE LA LEY SOBRE PENSIÓN DE ALIMENTOS?
1.1. El padre esta obligado a dar alimentos a sus hijos. Los alimentos se dan en proporción a lo que gana el obligado. Si el obligado no trabaja, no puede dar los alimentos, deberán de darlos: sus hermanos, sus padres. 
1.2. La pensión de alimentos puede aumentarse según las necesidades de los hijos y la madre. Ud puede pedir que le aumenten la pensión de alimentos.
1.3. El proceso de alimentos es sumarísimo, breve, máximo de seis meses de duración, la madre no paga ninguna tasa judicial. El proceso es totalmente gratuito para la madre.
1.4. La madre puede pedir una asignación anticipada de alimentos. Y si logro por sentencia sacar una pensión de alimentos, podría luego , si el padre nunca dio nada al menor, solicitar una"indemnización por daños y perjuicios. Para con esa indemnización cubrir los años que no dio nada el padre. Algunas personas solicitan 4 mil soles de indemnización por daño: moral, económico, psicológico, etc.
1.5. Aunque su hijo, hija no haya sido reconocido ud puede reclamar , pedir una Pensión de Alimentos, para ellos. Hans Kensel Abogados le puede ayudar a ud, al mas bajo costo, para :
a.- Reconocimiento de su hijo por el padre.
b.- Pensión de Alimentos para menor de edad.
c.- Liquidación de Devengados por no haber pagado el padre, lo ordenado por el juzgado.
d.- Ejecución de Acta de Conciliación Extrajudicial, por no haber cumplido con pagar la pensión de alimentos acordada.
Derechos de las madres casadas por civil.
Ud puede reclamar:
a.- Una Pensión de Alimentos para sus hijos.
b.- Una Pensión de Alimentos para ud por ser Esposa-por Matrimonio Civil.
c.- Una Indemnización por Daños y Perjuicios por Abandono económico, moral, destrucción de su proyecto de vida.
d.- Aumento de la Pensión de Alimentos  que fijo el juez, por alza de costo de vida y mayores gastos por ser sus hijos adolescentes.






CHANCHO DEMUELE VIVIENDAS DE PROPIETARIOS,SIN TENER EXPEDIENTE TÉCNICO.....

LLLLL   YA TENEMOS LINEA UNO Y LINEA DOS---LA VIA EXPRESA SUR ES INNECESARIA.......UN CAPRICHO DEL CHANCHO......  LINEA UNO  LINEA DOS METR...